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Adecuación legal

Legislación sobre firma digital y factura electrónica

Asegúrese de que sus aplicaciones de firma electrónica cumplen los requisitos legales

A la ley 59/2003, que regula el uso de la firma electrónica, se sumaron en el año 2007 las leyes 11/2007 (LAECSP) y 56/2007 (LISI). La primera establece un marco sobre el que las administraciones deben desarrollar servicios para el fomento de la administración electrónica, mientras que la segunda establece un marco similar pero en la relación entre el sector privado dirigido a gran consumo y sus clientes.

Estos son los sectores afectados: entidades financieras, aseguradoras, empresas de suministros, operadores de telecomunicaciones, grandes superficies, agencias de viajes, transporte de pasajeros, comercio minorista online. El asesoramiento de expertos en firma electrónica facilita la implementación de soluciones eficientes.

Plan director de firma

Plan director de firma electrónic

Planifique correctamente el despliegue de las aplicaciones de firma electrónica, asegúrese de cumplir los requisitos legales y optimice la inversión en tecnología

La firma electrónica es una herramienta aplicable a múltiples aplicaciones. Gestión de expedientes electrónicos, contratación pública, notificaciones telemáticas, registro electrónico y por supuesto factura electrónica, son algunos ejemplos destacados. En definitiva es el elemento que permite desarrollar íntegramente los procesos de negocio sin abandonar el mundo electrónico, obteniéndose así importantes mejoras en la eficiencia empresarial. El despliegue de todas estas aplicaciones puede conseguirse manteniendo un núcleo tecnológico común. Es por esto que cuando se decide desplegar cualquiera de ellas es conveniente hacerlo desde una perspectiva global, alineada con la estrategia de la organización. Con el objetivo de dar respuesta a esta necesidad, isigma ha definido el Plan Director de Firma.

Auditoría de sistemas de digitalización certificada

Scanner para firma electrónica

Audite su solución de digitalización de facturas, y obtenga la homologación requerida por la Agencia Tributaria

La Orden EHA/962/2007, de la AEAT reconoce la posibilidad de que los obligados tributarios puedan proceder a la digitalización certificada de las facturas, documentos sustitutivos y de cualquier otro tipo de documentos que conserven en papel que tengan carácter de originales, permitiendo así que el obligado tributario pueda prescindir de los originales en papel que les van servir de base. Sin embargo, cualquier solución que se implante a tal efecto, debe ser homologada. Para obtener dicha homologación, es necesario un informe de auditoría que le podemos proporcionar desde isigma.

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PortaSigma

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